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Dollar wird abgeschafft
Auch Ausländer vom Zwangsumtausch betroffen
Der Mitteilung der Zentralbank zufolge sind auch Ausländer vom Zwangsumtausch betroffen. Sie müssten Euro, Pfund, Franken oder Kanadische Dollar in "Konvertible Pesos" wechseln, bräuchten dabei aber keine zehn Prozent Abschlag zu zahlen. In den Badeorten Varadero und Jardines de Rey könne auch weiterhin mit Euro in bar bezahlt werden. Dollarkonten auf der Insel würden nicht angegriffen. (pf/dpa)
In Antwort auf:
Analog dem Devisenbeschaffungssystem der ehemaligen DDR, in dem alle Devisen in Forum-Schecks getauscht werden mussten und somit die Nationalbank vollen Zugriff auf die westliche Währung hatte.
So war das wohl angedacht. Durchgesetzt wurde es aber nie.
Bundesbürger konnten immer in den Devisenläden mit Deutschmark bezahlen. Auch andere Devisen wurden akzeptiert. Da in den Intershops keine Ausweise kontrolliert wurden (jedenfalls nicht in der Zeit, da ich da gelegentlich "drin" war) waren DDR-Bürger genau so in der Lage, ohne Forumschecks zu zahlen, wenn sie "blaue Fliesen" hatten.
Wenn ich Euronen habe und gegen konvertible Pesos tausche, dann ist es eigentlich nichts anderes als in Schweden oder Dänemark, wo ich auch Kronen kaufen muss? Den Strafsatz von 10 % zahle ich nicht.
Bei Kreditkartenzahlung zahle ich die übliche Gebühr zu Hause (bei meiner Gesellschaft generell 1% im Nichteuroraum)
Ging in diesem Jahr fast schon in jedem Supermarkt
Bei einer Barabhebnung von "West"pesos in einer kubanischen Bank genau die gleiche Regelung.
Macht es dann für Besucher aus Dollarländern nicht Sinn, sich vorher Euronen zu kaufen und die in Kuba umzusetzen?
Sollte dies nicht beschleunigt zur Ablösung des $ durch den € beitragen?
Können Kubaner auch Euronen in beide Sorten Pesos tauschen, ohne die 10 % zu zahlen?
hier der genaue text der resolution:
Resolución No. 80/ 2004 del Banco Central de Cuba
POR CUANTO: El Gobierno de EE.UU. ha recrudecido en los últimos meses su guerra económica contra el pueblo de Cuba, dictando nuevas medidas encaminadas a entorpecer sistemáticamente los flujos financieros externos de nuestro país, lo cual causa graves daños y crea serios riesgos para el ejercicio de nuestra normal actividad financiera internacional.
POR CUANTO: Como parte de esa política, el Gobierno de EE.UU. ha arreciado sus presiones y amenazas a bancos extranjeros, para impedir que Cuba pueda depositar en el exterior con el fin de atender sus obligaciones comerciales, los dólares de EE.UU. que la población y los visitantes del extranjero gastan en los
establecimientos cubanos que venden mercancías o prestan servicios en esa moneda.
POR CUANTO: Recientemente, el Sub-secretario Asistente para Asuntos del Hemisferio Occidental del Departamento de Estado de EE.UU; anunció la creación de un "Grupo de Persecución de Activos Cubanos" integrado por funcionarios de varias agencias gubernamentales, para interferir y detener el flujo de divisas hacia y desde Cuba, lo cual constituye una nueva agresión, sin precedentes en la historia de las relaciones financieras internacionales.
POR CUANTO: La situación creada exige adoptar urgentemente medidas que protejan los intereses del país ante los graves daños que le causan estas acciones.
POR CUANTO: El Decreto Ley No. 172 "Del Banco Central de Cuba", de fecha 28 de mayo de 1997, en su artículo 36, inciso a) establece entre las facultades del Presidente del Banco Central de Cuba, la de dictar resoluciones, instrucciones y demás disposiciones necesarias para la ejecución de las funciones del Banco Central de Cuba, de carácter obligatorio para todos los organismos, órganos, empresas y entidades económicas estatales, organizaciones y asociaciones económicas o de otro carácter, cooperativas, el sector privado y la población.
POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 13 de junio de 1997.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, y previa consulta con el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros;
RESUELVO:
I- "Sobre la tenencia por la población de dólares de EE.UU. y de otras monedas libremente convertibles que circulan en el país"
Artículo 1: La población podrá mantener en su poder sin restricciones de ningún tipo, al igual que hasta el momento, dólares de EE.UU. o cualquier otra moneda libremente convertible, en cualquier cantidad.
II- "Sobre los pagos en efectivo en moneda libremente convertible, a partir del 8 de noviembre del 2004"
Artículo 2: A partir del 8 de noviembre del 2004, todas las entidades que actualmente aceptan dólares de EE.UU. en efectivo, al cobrar sus transacciones en el territorio nacional, sólo aceptarán pesos convertibles.
Esta medida será universal, tanto para la población como para los visitantes del extranjero. Su aplicación incluye: tiendas, hoteles, restaurantes, bares, cafeterías, taxis, agencias de alquiler de automóviles y cualquier otra entidad que en la
actualidad realiza cobros en dólares de EE.UU. en efectivo.
La aplicación de esta medida, según se expresa anteriormente, no implica ningún tipo de limitación sobre la tenencia de dólares de EE.UU. o cualquier otra moneda libremente convertible.
Artículo 3: El peso convertible mantiene su convertibilidad sobre la base de un peso convertible igual a un dólar de EE.UU.
Artículo 4: A partir del 8 de noviembre del 2004, quien desee adquirir pesos convertibles con dólares de EE.UU. en efectivo, deberá pagar un gravamen del 10%, en compensación por los costos y riesgos que originan la manipulación de dólares de EE.UU. a la economía nacional como consecuencia de las
mencionadas medidas del Gobierno de EE.UU.
El resto de las divisas que actualmente se canjean en Cuba: euro, dólar canadiense, libra esterlina y franco suizo; se cambiarán por pesos convertibles sin gravamen alguno, tomando como referencia los tipos de cambio del mercado internacional y siempre considerando un peso convertible igual a un dólar de
EE.UU. Eventualmente, las sucursales bancarias y Casas de Cambio podrán incluir entre sus servicios el canje de otras divisas.
A partir del 8 de noviembre del 2004, a los dólares de EE.UU. en efectivo que se utilicen para comprar pesos cubanos en las Casas de Cambio se les aplicará también el gravamen del 10%. Se podrá comprar pesos cubanos con euros, dólares canadienses, libras esterlinas y francos suizos como hasta el presente, sin que se aplique el gravamen del 10%.
Artículo 5: Se mantendrá la aceptación de euros en los polos turísticos que hoy en día lo hacen.
III- "Sobre el uso y operación de cuentas bancarias y tarjetas de débito y crédito en moneda libremente convertible, por personas naturales cubanas o extranjeras"
Artículo 6: Las actuales cuentas de la población en dólares de EE.UU. en los bancos cubanos están totalmente garantizadas. Contra estas cuentas se podrá realizar extracciones en cualquier momento, sin límite de tiempo y sin restricción alguna, en dólares de EE.UU. o en pesos convertibles a elección del cliente, a la tasa actual de 1 por 1, y no se aplicará el gravamen del 10%. A partir del 8 de noviembre del 2004, no se aceptarán depósitos en efectivo de dólares de EE.UU. en estas cuentas. Las mismas podrán recibir fondos a través de transferencias bancarias en cualquier moneda libremente convertible, así como recibir depósitos en efectivo de pesos convertibles, euros, dólares canadienses, libras esterlinas y
francos suizos, tomando como referencia el tipo de cambio del mercado internacional.
Iguales disposiciones que las expuestas en el párrafo anterior, se aplicarán a las actuales cuentas en dólares de EE.UU. de personas naturales extranjeras en los bancos cubanos.
Artículo 7: A partir del 8 de noviembre del 2004, quienes deseen abrir nuevas cuentas en dólares de EE.UU. o constituir depósitos a plazo fijo en esa moneda, podrán hacerlo, pero en estas nuevas cuentas y depósitos sólo se permitirán depósitos y extracciones en efectivo de dólares de EE.UU.
Artículo 8: Las cuentas en pesos convertibles continuarán disfrutando de todas las garantías y servicios bancarios como hasta el presente. A partir del 8 de noviembre del 2004, estas cuentas no admitirán depósitos de efectivo en dólares de EE.UU.
Artículo 9: Los actuales depósitos a plazo fijo y los certificados de depósito en dólares de EE.UU. y pesos convertibles están totalmente garantizados, no están sujetos al gravamen del 10%, y mantienen las condiciones pactadas por su
titular en el momento de su constitución. El principal y los intereses de los depósitos a plazo fijo o certificados de depósitos en dólares de EE.UU; vigentes el 7 de noviembre del 2004, podrán a su vencimiento cobrarse en dólares de EE.UU. o pesos convertibles, a elección del cliente, a la tasa actual de 1 por 1 sin aplicar el gravamen del 10% o convertirse en depósitos en pesos convertibles, también a la tasa de 1 por 1 y sin aplicar el gravamen del 10%. Estos depósitos se podrán renovar tantas veces como desee el cliente sin perder estas
prerrogativas.
Artículo 10: Las operaciones que se hacen con tarjetas de crédito o débito aceptadas en Cuba, ya sea para la realización de cualquier pago o para la extracción de efectivo, se podrán continuar realizando como hasta el presente sin la aplicación del gravamen del 10%.
IV- "Sobre el uso de efectivo y la operación de cuentas bancarias en moneda libremente convertible por personas jurídicas"
Artículo 11: A partir del 8 de noviembre del 2004, en las actuales cuentas en dólares de EE.UU. que mantienen las sociedades mercantiles con capital mixto o extranjero y las representaciones extranjeras en Cuba, incluyendo las
diplomáticas, no se admitirán depósitos en efectivo de dólares de EE.UU. De estas cuentas se podrá extraer, a solicitud de su titular, efectivo en dólares de EE.UU. o en pesos convertibles sin aplicar el gravamen del 10%. Excepcionalmente, el Banco Central de Cuba podrá autorizar que se realicen depósitos en efectivo de dólares de EE.UU. en las cuentas de algunos de
los titulares antes nombrados, pero en tales casos se aplicará el gravamen del 10%.
Artículo 12: De las cuentas en pesos convertibles de empresas estatales, sociedades mercantiles de capital 100% cubano, unidades presupuestadas y otras personas jurídicas autorizadas, se podrá continuar extrayendo efectivo según las regulaciones vigentes. A partir del 8 de noviembre del 2004, estas cuentas no admitirán depósitos en efectivo de dólares de EE.UU.
Excepcionalmente, el Banco Central de Cuba podrá autorizar que se realicen depósitos en efectivo de dólares de EE.UU. en las cuentas de algunos de los titulares antes nombrados, pero en tales casos se aplicará el gravamen del 10%.
V- "Lugares autorizados para el cambio de monedas"
Artículo 13: A partir del 28 de octubre del 2004, la adquisición de pesos convertibles con dólares de EE.UU. se podrá realizar en cualquiera de los siguientes lugares:
• Casas de Cambio. También cambiarán euros, dólares canadienses, francos suizos y libras esterlinas, tomando como referencia el tipo de cambio del mercado internacional.
• Sucursales bancarias. Cambiarán solamente importes iguales o superiores a 10 dólares de EE.UU; excepto en los municipios donde no existen Casas de Cambio, en los que cambiarán cualquier importe. También cambiarán euros, dólares canadienses, francos suizos y libras esterlinas; tomando como referencia el tipo de cambio del mercado internacional.
• Tiendas en divisas seleccionadas y otros establecimientos que se autoricen. En estos lugares se podrá adquirir solamente pesos convertibles con dólares de EE.UU; en importes que sean múltiplos de 10 dólares de EE.UU.
• Hoteles. También cambiarán euros, dólares canadienses, francos suizos y libras esterlinas, tomando como referencia el tipo de cambio del mercado internacional. Brindarán los servicios de cambio de moneda solamente a sus clientes.
Desde el 28 de octubre hasta el 7 de noviembre del 2004, en todas estas entidades se podrá adquirir pesos convertibles con dólares de EE.UU. sin aplicar el gravamen del 10%. A partir del 8 de noviembre del 2004 se comenzará a aplicar el mencionado gravamen.
Artículo 14: Las transacciones de adquisición de dólares de EE.UU. con pesos convertibles podrán hacerse en las Casas de Cambio, las sucursales bancarias y los hoteles. Estos últimos sólo para sus clientes.
A los visitantes del extranjero se les brindará adicionalmente, en los aeropuertos internacionales, servicios de recanje de pesos convertibles por dólares de EE.UU. u otras monedas aceptadas.
Artículo 15: Los hoteles, las tiendas en divisas seleccionadas y los demás establecimientos que se autoricen, tendrán una licencia del Banco Central de Cuba para realizar operaciones de cambio de moneda.
VI- "De la entrada en vigor".
Artículo 16: La presente Resolución entrará en vigor el 28 de octubre del 2004, excepto en lo relativo a los cobros de las transacciones sólo en pesos convertibles y la aplicación del gravamen del 10% al uso del dólar de EE.UU. en efectivo, que entrarán en vigor a partir del 8 de noviembre del 2004.
Artículo 17: Las medidas que por esta Resolución se establecen, tienen alcance solamente para las transacciones que se realizan dentro del territorio nacional y en ningún caso impedirán u obstaculizarán la ejecución de garantías otorgadas por instituciones financieras cubanas a entidades extranjeras, ni la disponibilidad de los fondos en moneda libremente convertible necesarios para honrar obligaciones contraídas por instituciones financieras cubanas con entidades extranjeras.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA: Las disposiciones del Artículo 6 de esta Resolución se aplicarán también para las cuentas en dólares de EE.UU. que se abran entre el 26 de octubre y el 7 de noviembre del 2004.
SEGUNDA: Las sucursales bancarias en todo el país, excepto las del BFI y BICSA en Ciudad de La Habana, atenderán al sector empresarial del 28 de octubre al 5 de noviembre del 2004 sólo hasta las 12:00m. A partir de esa hora toda la capacidad de estas sucursales se dedicará a la prestación de los servicios
bancarios a la población y además a efectuar las transacciones de cambio de moneda. Adicionalmente, las sucursales bancarias en todo el país, excepto las del BFI y BICSA en Ciudad de La Habana, abrirán el sábado 6 y el domingo 7 de noviembre del 2004, de 9.00 am a 3.00 pm, para prestar a la población los mismos servicios antes expuestos.
NOTÍFIQUESE al Ministro de Finanzas y Precios y al Ministro de Economía y Planificación, al Ministro del Turismo y a los Presidentes del Banco de Crédito y Comercio, Banco Financiero Internacional SA, Banco Internacional de Comercio S.A, Banco Metropolitano S.A, Banco Popular de Ahorro, Grupo Nueva Banca
S.A, Cadeca SA y a los Directores de Emisión y Valores y de Tesorería, ambos del Banco Central de Cuba.
COMUNÍQUESE a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los Jefes de Organismos de la Administración Central del Estado, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular; a los Presidentes de los Consejos de
Administración Provincial del Poder Popular; al Fiscal General de la República; al Presidente del Tribunal Supremo Popular; al Vicepresidente Primero, a los Vicepresidentes, al Superintendente, al Auditor y a los Directores, todos del Banco
Central de Cuba, y a cuantas personas naturales o jurídicas deban conocer la misma.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Secretaría del Banco Central de Cuba.
DADA en ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de octubre
del 2004.
Francisco Soberón Valdés
Ministro Presidente
Banco Central de Cuba
In Antwort auf:
hier der genaue text der resolution:
Der Link dahin hätte auch gereicht..... Au weia.......
Gruss Tio
Achtung! Ich war 1994 das erste Mal in Kuba.
Achtung! Ich war 1999/2000 das letzte Mal in Kuba.
Kuba-Chat, einfach drauf klicken: http://www.smart-irc.net/chat/chat.php?channel=Kuba-Forum
#86 RE:Verstehe ich das jetzt richtig?
El resto de las divisas que actualmente se canjean en Cuba: euro, dólar canadiense, libra esterlina y franco suizo; se cambiarán por pesos convertibles sin gravamen alguno ( "ohne jeglichen Steuern)"
also bis jetzt gibt es diese "Gebühr" nur beim Umtausch von Dollar in PC.. dies sagt dieser Satz eindeutig.
Na dann...
dieses Gesetz, oder wie immer es man ausdrücken mag, richtet sich in erster linie an die americanos nortes...
Das dabei das eigene Volk darunter leidet, ist wohl ein "Kolateralschaden". Und wie gesagt, nach dem 8. November werden wir wohl alle mehr oder weniger in (T)Euros zu bezahlen haben. Seht es auch mal von einer anderen Seite, die Dolares waren schnell verwechselbar. Einer sah aus wie der andere: Alle grün, alle im gleichen Format..
Und Fidel denkt sich auch vielleicht, warum den schwachen Dollar, wenns der starke Euro auch tut..
In Antwort auf:
Die Cubaner, Jiniteras, -os, Casa-Besitzer, Zigarrenschwarzhändler, etc. werden sich schnell auf Euros umstellen, soweit diese nicht auch von diesen 10%igen Aufschlag betroffen sind. Vielleicht krizeln die Paledares jetzt ihre Menükarten wie wild um.
die 10 % wechselverlust werden an den touri einfach weitergegeben
Saluti dal Ticino
martin
In Antwort auf:
ÜBRIGENS: Was für eine Schlagzeile im SAT1-Text: „Fidel Castro gestürzt!“ Wen hat das nicht im ersten Moment von den Socken geholt, bis er festgestellt hat, dass er ja nur hingefallen ist.
vielleicht ist er ja doch auf den kopf gefallen
Saluti dal Ticino
martin
Ich kann mir nicht vorstellen, wie das auf Dauer funktionieren soll. Die bunten konvertible-Papierchen sind im Prinzip ein Versprechen den Schein 1:1 in USD wechseln zu können. Wie es bis vor drei Jahren auch in Argentinien war, bis zum großen Crash. So wie es irgendeinen Anlaß gibt, der Regierung noch weniger zu trauen als bisher, wird kein Geschäft/Händler mehr dafür seine Waren rausrücken.
Weil sie ja von den Papierchen drucken können, so viel sie wollen. Und dieser Versuchung erliegt auf die Dauer jede Regierung.
Dann wird es also Aufpasser geben, die Verstöße melden, wenn ein Laden keine Peso Convertible annehmen will. Dann verstecken die Händler ihre Waren. So geht es also nicht.
Es gibt dann nur zwei Möglichkeiten. Entweder man duldet den Dollar wieder klammheimlich, oder man schaltet auf die Alternative um, den Euro ! Aber das letztere ist ein Riesen-Projekt, bei dem auch ein paar logistische Probleme zu klären sind. Bin aber sicher, daß es dem Alten einen Riesenspaß machen würde, auf diese Art die USA mächtig zu ärgern.
Ich Ras Putin. First name Ras, second name Putin. Vladimir meine kleine Bruder
In Antwort auf:
Dann wird es also Aufpasser geben, die Verstöße melden, wenn ein Laden keine Peso Convertible annehmen will. Dann verstecken die Händler ihre Waren. So geht es also nicht.
Glaub ich nicht.
Der Händler ist eben kein richtiger Händler und die Waren sind eben nicht "seine" Waren.
Und da es alles was über den reinen Lebenserhalt hinaus geht, nur für diese Buntpesos gibt, werden die, die dieses "mehr" haben wollen, sich genau diesem von dir richtigerweise als "Versprechen" bezeichneten Scheinchen anvertrauen müssen.
Wenn den Inländern allerdings der Umtausch von Euronen ohne weiteren Fetz gestattet wird, dann wird einfach der € den Dollar ablösen. Und das, was der Euronenbesitzer gerade braucht, wird er umtauschen müssen. Was soll er machen. Nach Paris zum shoppen fliegen wird nicht gehn.
In Antwort auf:
So wie es irgendeinen Anlaß gibt, der Regierung noch weniger zu trauen als bisher, wird kein Geschäft/Händler mehr dafür seine Waren rausrücken.
Thema Schwarzmarkt:
Meint ihr, daß das Auswirkungen auf den Schwarzmarkt haben wird? Sowohl für den Umtausch als auch Barbezahlung? Wenn ja, werden eher Dollar oder Euros gefragt sein?
ELA
In Antwort auf:
Guten morgen ela aber was kann das für uns bedeuten?
--------------------------------------------------------------------------------
1. Geldumtausch nur noch in Kuba möglich, weil PesoConv. nicht außerhalb Kubas erhältlich
Ja, Punkt 1 ist häßlich. Die Taxistas & Co werden schon ihre Wechselkurse zum Buntgeld festlegen und ihre Bündel schnürren (offizielle Wechselstuben am Airport sind meist geschlossen oder haben kein passendes Wechselgeld)
Ansonsten schau ma` mal. Laut "Mesa Rededonda" sind die Dollar-Guthaben auf den Konten kubanischer Banken sicher und werden auch noch "grün" ausbezahlt...
an alle!!!!!
ihr seid euch schon darüber im klaren, dass das der anfang vom ende ist. fc und der staat sind am ende. tienes no dinero! es el final de republica cuba con socialismo!!!! keiner weiß, was jetzt kommt, aber versucht eure lieben da rauszuholen, bevor das chaos um sich greift!!!
ich gebe dem ganzen noch 6 monate - wer wettet mit??????
amigos, mir blutet bei den worten, die ich schrieb auch das herz, aber das ist bittere wahrheit. nur ein staat, der völlig am ende ist, macht sowas - siehe DDR. Wer ist noch da, um Kuba aufzufangen? niemand!!!!
Es sieht so aus, dass die amis ihr ziel nach über 40 jahren doch erreicht haben.
Glaubt ihr wirklich, dass die Kubaner sich das gefallen lassen - egal, ob sie an USD kamen oder nicht. Ich glaube, dass dies das Ende ist!!!
Viva la revolucion!!!
Für alle, die das falsch verstehen, ich bin kein freund der Bush-Doktrin und bin mit der Außenpolitik der USA nicht einverstanden. Das sind lediglich Fakten, die, wie ich denke auch so eintreten werden.
In Antwort auf:
ihr seid euch schon darüber im klaren, dass das der anfang vom ende ist. fc und der staat sind am ende.
In Antwort auf:
ich gebe dem ganzen noch 6 monate - wer wettet mit??????
Das wurde schon in brenzligeren Situationen vorhergesagt. (z.B. Andres Oppenheimers "Castro's Final Hour" nach dem Zusammenbruch der UDSSR) Castros letzte Stunde scheint sich ziemlich hinzuziehen. Möglich ist natürlich alles.
Achtung! Ich war 2003 das erste Mal in Kuba.
cubafan1
(
gelöscht
)
#100 RE:cuba ist pleite - rettet, wen ihr könnt!!!!!!!!!!!
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