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Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
#1 Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
El gobierno autoriza importación no comercial de equipos de video
Agencias
lunes 30 de abril de 2007 19:31:00
AFP/ La Habana. El gobierno cubano autorizó a partir del 1 de mayo la importación no comercial "de equipos de video de cualquier tipo", prohibida desde julio de 2002, según una resolución del Ministerio de Finanzas y Precios publicada este lunes en la Gaceta Oficial digital.
"Resulta conveniente eliminar la prohibición", dice el breve texto firmado por la ministra Georgina Barreiro, para "las importaciones que sin carácter comercial se realizan por viajeros y mediante envíos".
Añadió que esa resolución que deroga la prohibición "entra en vigor a partir del primero de mayo de 2007".
En Cuba no se comercializan equipos de video en ninguna de las dos monedas en curso (peso cubano y peso convertible) y los existentes de propietarios particulares han sido importados bajo franquicia.
En el mercado negro pueden adquirirse esos equipos por hasta cuatro veces su valor real.
http://www.cubaencuentro.com/es/encuentr...uipos-de-video/(gnews)/1177954260
ehemaliges mitglied
(
gelöscht
)
#2 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
Salu2
La Resolucion No. 99, de fecha 25 de abril de 2007, del Ministro de Finanzas y Precios deroga la Resolucion 322-02 de ese Ministerio y deja sin efecto, a partir del 1ro de mayo de 2007, la prohibición de importar por viajeros y mediante envíos, equipo de video de cualquier tipo, marca y modelo, incluyendo los que fabrican y venden en el mercado incorporado a otros equipos
MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS
RESOLUCION No. 99-2007
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 22, de fecha 16 de abril del 1979, que puso
en vigor el Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin
carácter comercial, en su Disposición Final Primera, faculta a la que resuelve para
establecer la lista de productos cuya importación sin carácter comercial se prohíbe,
oído el parecer de los organismos interesados; y que dicha lista podrá ser variada
en las oportunidades que se estimen pertinentes.
POR CUANTO: La Resolución No. 322, de fecha 11 de julio de 2002, dictada
por el Ministro de Finanzas y Precios, prohíbe la importación sin carácter comercial,
por viajeros y mediante envíos, de equipos de vídeo de cualquier tipo, marca y
modelo, incluyendo los que se fabrican y venden en el mercado incorporados a
otros equipos.
POR CUANTO: Resulta conveniente eliminar la prohibición mencionada en el
Por Cuanto anterior, a los fines de que se responda a la política actual establecida
para las importaciones que sin carácter comercial se realizan por viajeros y
mediante envíos, teniendo en cuenta el desarrollo tecnológico actual de los equipos
reproductores de imágenes, así como el uso extendido de éstos incorporados a
otros equipos.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado el 20 de Junio del
2003, quien resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.
POR TANTO: En el uso de las facultades que me están conferidas,
RESUELVO
Primero: Derogar la Resolución No. 322, de fecha 11 de julio de 2002, emitida
por el Ministro de Finanzas y Precios.
Segundo: La presente Resolución entra en vigor partir del primero de mayo de
2007.
NOTIFÍQUESE: a la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en
la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de la Habana a los 25 días del mes de abril de 2007
Georgina Barreiro Fajardo
Ministra
#5 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
#7 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
#8 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
Schön wärs......
ehemaliges mitglied
(
gelöscht
)
#11 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
In Antwort auf:
Frage ist wie die den nicht-kommerziellen Gebrauch definieren?
Ganz einfach, habe heute Nacht mit einem Bekannten von der Aduana gesprochen, Einfuhr von max 2 Geräte pro Person sind erlaubt. Betrifft aber nur Video und DVD, bei allen anderen Geräten bleibt es wie bisher.
z.B Minowa DVD-Player DVD-268 für € 24,95 bei Schneider, http://www.schneider.de
Salu2
#13 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
Leider nur in spanisch:
Equipos de video ya pueden importarse a CubaPone en funcionamiento en Estados Unidos computadora que simula el cerebro de un ratón. Devela la revista PC Magazine las contaseñas más usadas en conmputación
Correo: digital@jrebelde.cip.cu
03 de mayo de 2007 00:15:43 GMT
EQUIPOS DE VIDEO DE CUALQUIER TIPO, MARCA Y MODELO, incluyendo los que se fabrican y venden en el mercado incorporados a otros dispositivos podrán importarse a Cuba sin carácter comercial, por viajeros o mediante envíos, desde este 1ro. de mayo de 2007, según la Resolución No. 99/2007 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada por la Gaceta Oficial de la República de Cuba. La disposición explica que la medida se ha adoptado teniendo en cuenta el desarrollo tecnológico actual de los reproductores de imágenes, así como el uso extendido de estos en múltiples esferas...
UNA COMPUTADORA CON CEREBRO DE RATÓN, pues a pesar de ser un superordenador apenas ha logrado reproducir la mitad de las funciones del cerebro de un roedor, ha sido puesta en funcionamiento por un equipo de investigadores del IBM Almaden Research Lab y la Universidad de Nevada, Estados Unidos. Los expertos lograron crear un simulador cortical, tan complejo como el cerebro de un roedor, en la supermáquina Blue Gene L. Aunque parezca diminuto, el logro es enorme, pues se trata de simular el funcionamiento del cerebro de un ratón, que tiene 8 000 neuronas y cada una de ellas puede llegar a tener hasta 8 000 sinapsis o enlaces con fibras nerviosas, todo lo cual controla las actividades del animal...
LAS CONTRASEÑAS MÁS UTILIZADAS EN COMPUTACIÓN fueron develadas por la revista PC Magazine, tras una encuesta realizada por la publicación. Las diez claves que componen el listado son «password», «123456», «qwerty», «abc123», «letmein», «monkey», «myspace1», «password1», «link182», así como el primer nombre de quien utiliza la computadora. El estudio demuestra que mucha gente sigue haciendo caso omiso a las alertas de seguridad y no se esfuerzan en poner una contraseña más compleja por miedo al olvido. Además aconseja que a la hora de elegir una clave no se utilicen datos personales como nombre, número de identidad o fecha de nacimiento, y se usen contraseñas compuestas por siete caracteres o más, y se combinen letras y números.
http://www.juventudrebelde.cubasi.cu/cub...ortarse-a-cuba/
und mit welchen Beträgen werden die Teile verzollt. Oder dürfen die zollfrei eingeführt werden?
Nicht zollfrei, pro Person zwei Stück Videorecorder oder DVD Geräte. Zoll pro Stück 60,00 CUC.
Habe gerade in Holguin angerufen.
Es geht hier nur noch ums Geld, dem alten Herrn sein Sparstrumpf muss doch bald überquellen.
Pastica
ehemaliges mitglied
(
gelöscht
)
#15 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
In Antwort auf:
und mit welchen Beträgen werden die Teile verzollt. Oder dürfen die zollfrei eingeführt werden?
Nicht zollfrei, pro Person zwei Stück Videorecorder oder DVD Geräte. Zoll pro Stück 60,00 CUC.
Habe gerade in Holguin angerufen.
Es geht hier nur noch ums Geld, dem alten Herrn sein Sparstrumpf muss doch bald überquellen.
Pastica
Habe auch gerade angerufen, zoll 60 cuc nur für den 2.
Salu2
#19 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
Gili das nur für DVD/Videorecorder oder für andere elektr.Artikel auch?z.B.Kochplatte, Reiskocher,usw?
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Schau hier mal nach
https://www.kubaforen.de/t516779f11258-Re...soluciones.html
#20 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
La Habana, 3 de Mayo de 2007
“Año 49 de la Revolución”
JA- 304
A: Jefes de Aduanas con Unidades Aeroportuarias
(AAIJM, Matanzas, Cienfuegos, Ciego de Ávila,
Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba)
Asunto: INDICACIONES PARA EL DESPACHO A PASAJEROS
(ACTUALIZACIÓN JA-284 DE 2007)
Compañero (a):
Atendiendo a que ya se encuentran tomadas todas las decisiones en relación con los cambios en la política para las importaciones que realizan los pasajeros y , en algunos casos, ya emitidas las resoluciones que la instrumentan; considerando que es conve-niente aplicar de inmediato algunas de las medidas, se indica;
Proceder, a partir de que se reciba esta indicación, de la forma siguiente para los casos específicos que se relacionan:
1. No efectuar decomiso ni retención por repitentes de pago, o sea no aplicar la res-tricción de importación una sola vez dentro del año. El pasajero puede realizar im-portación cada vez que arriba al país, en todos los viajes.
2. Permitir que el pasajero lleve consigo, a la salida, hasta 50 unidades de tabaco tor-cido, sueltos o en sus cajas, sin exigir la factura de venta.
3. Permitir la importación del equipo de DVD y otros equipos reproductores de ima-gen, en cantidad de hasta dos (2) equipos, procediendo de la forma siguiente:
u Si se trata de un Colaborador, se le permitirá la importación de los dos equipos, sin el pago de aranceles si es de los planes a los que no se les cobra (exentos) en la actualidad.
Se permitirá el despacho de estos equipos bajo las mismas condiciones, cuando arriben al país como carga por vía aérea o marítima.
u Cuando se trate de pasajero que ha viajado en misión oficial, se le permite, sin que tenga que presentar autorización del organismo y por cualquier tiempo de permanencia en el extranjero, con el pago de los derechos.
En ambos casos se continuará utilizando el mismo método de valoración vigente actualmente.
u Si se trata de un pasajero nacional residente en Cuba que ha viajado por asun-tos particulares, nacional no residente o extranjero de los que pagan en CUC, se dará igual tratamiento que al indicado en los párrafos anteriores previo pago de los derechos en la moneda que correspondan, pero se utilizará como referencia para la valoración de los equipos reproductores de imá-genes, con carácter provisional, y hasta tanto no se emita la modificación de la Instrucción No. 9 de 2005, de esta Aduana General de la República, sobre Lis-tado de Valoración Interno, se aplicarán los precios siguientes:
_ Nintendo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30.00
_ Play Station I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.00
_ DVD, VHS, DVCD, VCD u otro similar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60.00
_ Play Station II . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100.00
_ X Box con DVD incorporado Modelo Simple . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.00
_ X Box Premium Calidad Superior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 580.00
_ Play Station III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 600.00
4. Si se trata de un tripulante:
u Tienen derecho a importar el equipo DVD, VHS, VCD y otros equipos de juego, por separado y según su tipo, en el ciclo de UN AÑO.
u Los equipos que traigan incorporado DVD, VHS u otros, se clasifican y captan en el sistema por su carácter esencial, asumiendo el ciclo establecido del producto. Por ejemplo: si un tripulante importa un televisor con DVD incorporado, se cap-ta por televisor, ya que ese resulta el carácter esencial, y le corresponde el ciclo del TV.
u Están hechas las modificaciones al sistema para el despacho de tri-pulantes y actualizadas las Tablas de Control, lo que permite la introducción de estos datos.
5. Turistas
u A los turistas se les aplica el mismo procedimiento, regulaciones y facilidades es-tablecidas en la actualidad, incluyendo el DVD portátil. Ver aclaraciones dis-puestas en la VJT-300 que se anexa a la presente.
6. Otros aspectos:
u Los equipos reproductores de imágenes decomisados por las Aduanas a partir del 1ro de abril y que se encuentran actualmente en proceso de reclamación, así como los retenidos pendientes a la carta del primer nivel, serán autorizados previo el pago de los derechos que corresponda.
u Los equipos reproductores de imágenes que se encuentran retenidos, pendiente a reembarque, en los que el pasajero interese su importación, serán autorizados previo el pago de los derechos que corresponda.
u Los envíos remitidos desde el exterior por cualquiera de las vías establecidas, cuando su valor exceda de 100 pesos, requerirán la presentación de la Factura Consular, afectando la totalidad del envío. No se fraccionará el despacho del en-vío. El envío es UNO y es INDIVISIBLE.
u Las Aduanas continuarán introduciendo en los respectivos sistemas automatiza-dos, los datos relativos al pasajero, valor de importación y artículos autorizados, a partir de la Declaración, según el caso, con fines estadísticos y de interés operativo.
La importación que realizan los pasajeros, se ajustará al limite y a las tarifas vigentes en cada momento, con independencia de que el pasajero esté exento o no del pago de derechos.
Las anteriores indicaciones sustituyen la información contenida en la JA 284 de 2007 y son para USO e INFORMACIÓN INTERNA DE LA ADUA-NA.
Cualquier duda, el Jefe de la Unidad puede evacuarla, preferiblemente por vía telefóni-ca, directamente con el compañero Vicejefe Javier Calvo Villa o con el compañero Arturo Brizuela, Inspector Principal.
In Antwort auf:
Wenn ich das mit meinem miserablen Spanisch recht verstehe sind es 60 CUC pro DVD Player. Siehe der Text der neuen Regelung unten
auch ein thema,welches noch nicht geklärt ist!!!!!
oder sind unsere allwissenden cubasprache beherrschenden ansprechpartner der meinung es steht doch alles da?
was ist nun mit der zollbefreiung für einen DVD-Player....Ja oder Nein?
ein noch nicht "vom thema her" zufrieden gestellter..........
#22 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
was ist nun mit der zollbefreiung für einen DVD-Player....Ja oder Nein?
ein noch nicht "vom thema her" zufrieden gestellter..........
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Erstmal abwarten.
Die ersten hier aus dem Forum werden ihre erfahrung bestimmt uns mitteilen.
Ist doch klar, hier greift die Zollregel:
What is the allowable limit for my import?
=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=
Travellers are allowed to import - in addition to their personal belongings - new or used articles amounting for a total value of two hundred and fifty (250.00) Pesos. Travellers are entitled to make use of this right only once in a calendar year as the allowed amount is not accumulative.
What happens if I am to import items exceeding a value of $250.00?
=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=
Items exceeding the allowable amount ($250.00) shall be subject to seizure.
What is the amount of the applicable Customs duties?
=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=
Non-commercial tariff applicable to items imported by travellers is equal to the 100% of the value. Out of the two hundred and fifty (250.00) Pesos which are allowed to be imported, the first fifty (50.00) Pesos shall be relieved from payment, and thus the maximun payable amount of duties shall be two hundred (200.00) Pesos.
Travellers not permanently residing in Cuba and those travelling abroad for personal reasons shall proceed to pay all payable duties in freely convertible currency.
Why is it that - if I have already paid my excess luggage weight to the airline - I have to pay again at Customs?
=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=-=
What you have paid to the airline is the cost of the excess luggage you have weighted while dispatching your flight. Every traveller, according to the class of flight, is allowed to carry luggage within a given maximun weight, Above that weight an excess tariff is payable. Therefor, what travellers have to pay in Customs are the so-called "Customs duties" established in accordance with the value of the goods being imported.
Aus dem Gesagten leite ich ab:
Bringst Du eine Playstation II und einen DVD Player mit und bist zum ersten Mal im Jahr 2007 da und hast mit dem Rest Deines Gepäcks die Freigrenze von 250 plus 50 Kulanz nicht überschritten zahlst Du nichts.
Ist diese Grenze überschritten, zahlst Du nach der Liste: 60 für DVD und 100 für PS2 - Macht 160
Hast Du jetzt statt einem gleich zwei DVD dabei (plus Playstation wie im Beispiel) zahlst Du nicht 220, sondern 200 (Das ist das Maximum).
Das gilt allerdings nur, wenn Du bereits Sachen dabei hast, die so bewertet werden, daß die Freigrenze erschöpft ist.
Mir brummt der Schädel - kompliziert.
#25 RE: Videorekorder/DVD-Player-Einfuhr erlaubt
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