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Zelaya Sí, Payá No
Zelaya Sí, Payá No
Publicado el 1 de July, 2009 en Antonio Llaca, Columnistas, Internacional
“Por una simple encuesta de opinión”, “por el solo hecho de querer hacer una consulta popular” (*), “una simple pregunta”, ha sido el detonante del proceso que dio al traste con la presidencia del Sr. Manuel Zelaya al frente de la República de Honduras denunciado como golpe de estado por numerosas figuras e instituciones políticas a lo largo y ancho de este continente.
No es mi propósito hacer consideraciones de ningún tipo acerca de los sucesos ocurridos en la hermana nación centroamericana pero sí quiero señalar que en enero de 1998 también los cubanos nos planteamos hacer una pregunta al pueblo basados en los Art. 63 y 88 inciso g) (**) de nuestra Constitución; la petición a las autoridades de la isla denominada Proyecto Varela (***) fue promovida por el Ing. Oswaldo Payá y el Movimiento Cristiano Liberación (MCL).
El Proyecto Varela, una solicitud de consulta popular aun vigente acerca de temas cruciales para la Nación cubana como libertad de asociación, expresión, prensa, económicas, amnistía para los presos políticos, elección por sufragio directo de los diferentes cargos a las Asambleas municipales, provinciales y nacional del Poder Popular con mayores garantías de pluralidad y participación popular en los procesos electorales fue entregado cumpliendo todos los requisitos de Ley, la iniciativa contó con el apoyo de 11,020 firmas, muchas más de las exigidas por la propia Constitución.
Por el solo hecho de querer hacer una consulta popular los promotores del Proyecto Varela Alfredo Felipe Fuentes y Víctor Rolando Arroyo fueron condenados a 26 años de privación de libertad; Oscar Espinosa Chepe y Antonio Ramón Díaz Sánchez a 20 años, Regis Iglesias Ramírez a 18 años, Blas Giraldo Reyes Rodríguez a 25 años, Efrén Fernández Fernández a 12 años, Horacio Julio Piña Borrego a 20 años, José Daniel Ferrer García a 25 años y así, un total de 75 cubanos fueron condenados a larguísimas e injustas penas de prisión, en su mayoría estos compatriotas aun permanecen encarcelados.
A raíz de los acontecimientos ocurridos en el día de hoy en Tegucigalpa para el Gobierno cubano resultará muy difícil explicar a la comunidad internacional (a la cual se dirige en estos momentos solicitando apoyo para la restitución en su cargo del Sr.Zelaya) cuáles son las razones por las que a nuestros hermanos hondureños, pueblo tan digno y amante de la libertad como el cubano, sí se le puede preguntar acerca del futuro que quieren y a los cubanos no; por qué razón la cuarta urna propuesta por el Sr.Zelaya sí resultaba válida y el Proyecto Varela de Payá y el MCL no, ni cómo entender ese doble rasero que alaba consultas populares en otros países mientras condena la que nos queremos dar los propios cubanos, que apoya a quien ha sido defenestrado por querer preguntar mientras encarcela a quienes pretenden hacer lo mismo en su propia tierra.
*Dr. Antonio Llaca.
Desde la ciudad de El Tigre. Edo. Anzoátegui. Venezuela.
29 de junio de 2009.
(*) Palabras del Embajador de la República de Cuba en Venezuela Sr. Germán Sánchez Otero, programa Aló Presidente, Venezolana de Televisión, domingo 28 de junio 2009; en términos similares se pronunció el Ministro de Relaciones Exteriores cubano, Sr. Bruno Rodríguez Parrilla en conferencia de prensa en La Habana.
(**)Constitución de la República de Cuba:
Art. 63. Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley.
Art. 88. La iniciativa de las leyes compete:
Inc.g) a los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa diez mil ciudadanos, por lo menos, que tengan derecho al voto.
(***) PROYECTO VARELA:
PETICION CIUDADANA APOYADOS EN NUESTROS DERECHOS CONSTITUCIONALES
Los que firmamos al final de este texto, solicitamos a la Asamblea Nacional del Poder Popular que someta a Consulta Popular, mediante un Referendo, cada una de las cinco propuestas siguientes:
1.A. Que se realicen las transformaciones necesarias a las leyes para que, preservando, el bien común y el respeto a los Derechos Humanos universalmente reconocidos y a la dignidad humana, se garantice a los ciudadanos:
1.A.1. El derecho a asociarse libremente según sus intereses e ideas,
1.A.2. Los derechos a la libertad de expresión y de prensa,
2.A. Que se decrete una amnistía para todos los detenidos, sancionados y encarcelados por motivos políticos y que no hayan participado en hechos que atentaron directamente contra la vida de otras personas.
3.A. Que se realicen las transformaciones necesarias a las leyes para que se garantice a los ciudadanos los derechos a constituir empresas privadas, tanto individuales como cooperativas,
4.A. Transformar la Ley Electoral para que en sus nuevos textos garantice:
4.A.1. La determinación de circunscripciones electorales para la elección, en cada caso, de Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular, de Delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular y de Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
4.A.2.1. Que cada una de las circunscripciones determinadas para las elecciones municipales elija, por voto directo de sus electores, un Delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular. Cada elector podrá votar por un sólo candidato a Delegado.
4.A.5. Que los electores, los aspirantes a candidatos y los candidatos tengan derecho a reunirse en asambleas, sin más condiciones que el respeto al orden público, para exponer sus propuestas e ideas. Todos los candidatos tendrán derecho al uso equitativo de los medios de difusión.
5. Que se realicen elecciones generales en un plazo comprendido entre los 270 días y los 365 posteriores a la realización de este Referendo.
– Contenido completo del Proyecto Varela en:
Oswaldo paya.org
Autor: Dr. Antonio Llaca.*
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